Anulado
Convocatoria a protesta de mujeres en Cuba
El Consejo asesor de contenido anuló la decisión de Meta de eliminar un video publicado por una plataforma de noticias cubana en Instagram en la que una mujer llamaba a las mujeres a manifestarse en contra del Gobierno.
Resumen del caso
El Consejo asesor de contenido anuló la decisión de Meta de eliminar un video publicado por una plataforma de noticias de Cuba en Instagram en el que una mujer protesta contra el Gobierno cubano, convoca a otras mujeres a unirse a ella en las calles y critica a los hombres comparándolos con animales que culturalmente se perciben como inferiores por no defender a aquellos que fueron víctimas de represión. El Consejo considera que el discurso en el video es una afirmación basada en comportamientos apta que, de conformidad con la norma comunitaria de lenguaje que incita al odio de Meta, se debería permitir. Asimismo, en países en los que se restringen estrictamente los derechos a la libertad de expresión y la reunión pacífica, es fundamental que los medios sociales protejan la voz de los usuarios, en especial en épocas de manifestaciones políticas.
Información sobre el caso
En julio de 2022, una plataforma de noticias, que se describe a sí misma como crítica con el Gobierno cubano, publicó un video en su cuenta verificada de Instagram. En el video aparece una mujer que llama a otras a unirse a ella en las calles para protestar contra el Gobierno. En cierto punto, describe a los hombres cubanos como "ratas" y "yeguas" que cargan orinales porque no se puede contar con ellos para defender a las personas contra la represión del Gobierno. La descripción en español que acompaña al video incluye hashtags que hacen referencia a "dictadura" y "régimen" en Cuba, y busca que se conozca en todo el mundo la situación que vive el país con #SOSCuba.
El video se compartió en torno al primer aniversario de las manifestaciones nacionales que se llevaron a cabo en julio de 2021, cuando los cubanos tomaron las calles en masa para reclamar por sus derechos. En respuesta, el Estado aumentó la represión, que se extendió hasta 2022. Cabe destacar la importancia del momento en que se realizó la publicación porque se compartió días después de que un joven cubano muriera en un incidente que involucraba a la policía. La mujer en el video parece hacer referencia al hecho cuando menciona que "no podemos seguir permitiendo que maten a nuestros hijos". El texto superpuesto sobre el video relaciona el cambio político con las protestas de las mujeres.
El video tuvo más de 90.000 reproducciones y se compartió menos de 1.000 veces.
Siete días después de la publicación, un clasificador de lenguaje hostil identificó el contenido como posiblemente infractor y lo envió a revisión manual. Si bien el moderador determinó que la publicación infringía la política de lenguaje que incita al odio de Meta, el contenido permaneció publicado mientras se sometía a otras rondas de revisión manual en función del sistema de verificación cruzada. Tras una brecha de siete meses entre estas rondas, la publicación se eliminó en febrero de 2023. Ese mismo día de febrero, el usuario que compartió el video apeló la decisión de Meta. Meta sostuvo su decisión, sin remitir el contenido a sus expertos en el tema o en políticas. Se aplicó una falta estándar a la cuenta de Instagram, pero no se limitaron sus funciones.
Conclusiones principales
El Consejo determina que, si se analiza en su totalidad, la publicación no intenta deshumanizar a los hombres debido al sexo, fomentar la violencia contra ellos ni excluirlos del debate sobre las manifestaciones en Cuba. La publicación claramente busca poner de manifiesto la opinión de las mujeres sobre el comportamiento de los hombres cubanos en el contexto de las manifestaciones históricas que comenzaron en julio de 2021. El discurso que usa la mujer para referirse a los hombres como "ratas" o "yeguas" implica cobardía en ese preciso contexto y expresa su propia frustración personal por el comportamiento que estos muestran, por lo que expertos regionales y comentarios públicos señalan la publicación como un llamado a la acción dirigido a los hombres cubanos.
Si se analiza fuera de contexto y se le otorga una lectura demasiado literal, la comparación entre hombres y animales que culturalmente se perciben como inferiores se podría considerar como una infracción de la política de lenguaje que incita al odio de Meta. Sin embargo, la publicación en contexto no es una generalización que pretende deshumanizar a los hombres, sino una afirmación basada en comportamientos apta, que la política permite. En consecuencia, el Consejo determina que eliminar el contenido no es coherente con la política de lenguaje que incita al odio de Meta.
Asimismo, luego de que los expertos marcaran el hashtag #SOSCuba, que el usuario publicó para poner de relieve la crisis económica, política y humanitaria que enfrentan los cubanos, las manifestaciones se establecen como un punto de referencia histórica importante. Al Consejo le preocupa cómo Meta toma en cuenta la información contextual en sus decisiones respecto de contenido que sí se beneficia de otra revisión manual. En este caso, pese a que el contenido se sometió a una revisión escalada, proceso que se supone que da mejores resultados, Meta no logró aplicarlo correctamente.
Meta debe garantizar que tanto los revisores como los sistemas automatizados puedan tener en cuenta la información contextual en el proceso de toma de decisiones.
En este caso, proteger el contenido era de particular importancia. Cuba se caracteriza por tener espacios cívicos cerrados, por lo que el disenso conlleva altos riesgos, y un acceso a internet muy restringido. En este caso, es posible que el contexto relevante no se haya tenido en cuenta lo suficiente como parte del proceso de escalamiento. Meta debe considerar cómo el contexto influye en sus políticas y de qué manera se aplican.
La decisión del Consejo asesor de contenido
El Consejo asesor de contenido anuló la decisión de Meta de eliminar la publicación.
Si bien el Consejo no realizó nuevas recomendaciones en este caso, reitera aquellas que son relevantes de otras decisiones anteriores para que Meta las siga con atención:
- Tener un programa de prevención de sobreaplicación de políticas basado en listas para proteger la libertad de expresión de conformidad con las responsabilidades de Meta con los derechos humanos, el cual debe ser distinto del que protege la libertad de expresión que Meta considera una prioridad comercial (recomendación n.º 1 de la opinión de asesoramiento normativo del sistema de verificación cruzada). Este sistema independiente también debe garantizar que Meta someta a otros niveles de revisión contenido que publiquen, entre otras personas, defensores de derechos humanos.
- Emplear personal especializado, con el beneficio de aportes locales, para crear listas de prevención de sobreaplicación de políticas (recomendación n.º 8 de la opinión de asesoramiento normativo del sistema de verificación cruzada).
- Mejorar el modo en que su flujo de trabajo dedicado a cumplir sus responsabilidades con los derechos humanos incorpora pericia contextual y lingüística en las fases adicionales de revisión, específicamente en los niveles de toma de decisiones (recomendación n.º 3 de la opinión de asesoramiento normativo del sistema de verificación cruzada).
- Garantizar que se tenga en cuenta el contexto de manera apropiada en la moderación de contenido y actualizar las pautas para sus moderadores a gran escala con especial atención en las reglas sobre calificación, dado que, con las pautas actuales, es casi imposible para los moderadores tomar decisiones correctas (recomendación n.º 2 de la decisión sobre violencia contra las mujeres).
* Los resúmenes de casos ofrecen información general sobre los casos y no sientan precedentes.
Decisión del caso completa
1. Resumen de la decisión
El Consejo asesor de contenido anuló la decisión de Meta de eliminar una publicación de Instagram publicada cerca del primer aniversario de las manifestaciones nacionales históricas ocurridas en julio de 2021 en Cuba. En la publicación, una mujer reclama contra el Gobierno y compara a los hombres cubanos con diferentes animales que se perciben culturalmente como inferiores. La mujer lo hace para remarcar que no se puede confiar en los hombres cubanos porque no actuaron con la valentía necesaria para defender a quienes son víctimas de represión. La publicación apela a las mujeres para que salgan a las calles y se manifiesten para defender la vida de "nuestros hijos". Conforme a la política de lenguaje que incita al odio de Meta, se trata de una afirmación basada en comportamientos apta y, como tal, debería permitirse. En países en los que se restringen estrictamente los derechos a la libertad de expresión y a la reunión pacífica, es fundamental que los medios sociales protejan la voz de los usuarios, en especial en épocas de manifestaciones políticas.
2. Descripción y contexto del caso
En julio de 2022, la cuenta verificada de Instagram de una plataforma de noticias, que se describe a sí misma como crítica con el Gobierno cubano, publicó un video en el que una mujer llama a otras a unirse en las calles en señal de protesta. La descripción en español incluye citas del video y hashtags que hacen referencia a "dictadura" y "régimen" en Cuba, y busca que se conozca en todo el mundo la situación humanitaria que vive el país, incluido con el uso de #SOSCuba. En un punto del video, la mujer dice que los hombres cubanos son "ratas" porque no se puede contar con ellos para defender a aquellas personas víctimas de la represión del Gobierno. En otro momento, afirma que los hombres cubanos son "yeguas" que cargan orinales. El texto superpuesto sobre el video relaciona el cambio político con las protestas de las mujeres. El video tuvo más de 90.000 reproducciones y se compartió menos de 1.000 veces.
Los comentarios del público y los expertos que conocen la región, a quienes recurrió el Consejo, confirmaron que las personas que hablan español en Cuba entienden que estas frases, coloquialmente, insinúan cobardía. Un comentario del público (PC-13012) afirmó que, pese a ser insultantes, los términos "no deben interpretarse como lenguaje violento o deshumanizante". Expertos externos indicaron que el término "yeguas" se suele emplear como insulto homofóbico o para referirse a personas como poco inteligentes. No obstante, en combinación con la referencia a los orinales, los expertos manifestaron que la frase "adopta la connotación de que los hombres están 'llenos de mierda' y se utiliza [aquí] para expresar el descontento de las mujeres con los hombres" en el contexto de su falta de acción durante las manifestaciones políticas. En este sentido, el comentario del público pone de relieve que la mujer no denigra a los hombres de su país llamándolos "ratas" o "yeguas", sino que, con este lenguaje, busca movilizarlos. Conforme a estos comentarios, los hombres no son enemigos, sino que la mujer simplemente intenta despertar su conciencia.
La publicación se compartió en torno al primer aniversario de las manifestaciones nacionales históricas ocurridas en julio de 2021 cuando los cubanos tomaron las calles en lo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) describió como "una protesta pacífica para reclamar por sus libertades civiles y exigir cambios a la estructura política del país". La CIDH informó que los cubanos "también reclamaban por la falta de acceso a derechos económicos, sociales y culturales, en especial dada la continua escasez de alimentos y medicamentos y los crecientes impactos de la pandemia del COVID-19. Conforme a los organismos internacionales y de sociedad civil, como el Parlamento Europeo, la manifestación masiva del 11 de julio fue de las más grandes de la historia reciente de Cuba. Estas protestas generaron reacciones inmediatas contra los manifestantes por parte del Estado" (párrafo 43 del informe anual de 2022 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos). De julio de 2021 en adelante y durante todo 2022, se intensificó la represión por parte del Estado. La publicación se hizo en el contexto de esta importante tensión social. Asimismo, esta se compartió días después de que un joven cubano muriera en un incidente que involucraba a la policía. Algunas partes de ese hecho quedaron documentadas en los medios sociales, y la mujer que habla en el video parece hacer referencia al incidente cuando dice: "no podemos seguir permitiendo que maten a nuestros hijos". Expertos externos que analizaron la respuesta en medios sociales detectaron un patrón más amplio de usuarios que hacían mención del asesinato del adolescente como un modo de manifestar su crítica hacia el Gobierno y de convocar a la acción civil: "el discurso en las secciones de comentarios de las publicaciones de Instagram más generales giraba en torno a los temas comunes de dictadura, brutalidad policial y falta de acción de las personas que presenciaron los hechos".
Expertos externos que conocen la región destacaron la importancia de las campañas en medios sociales que usan hashtags como #SOSCuba para generar conciencia sobre la crisis económica, política y humanitaria que enfrentan los cubanos. Tras las manifestaciones de 2021, el Gobierno intensificó sus estrictas medidas sobre casi todas las formas de disenso y crítica pública. La CIDH documentó ocho olas de represión del Estado cubano en la que observó "(1) el uso de fuerza e intimidación y campañas de desprestigio; (2) detenciones arbitrarias, maltrato y condiciones de confinamiento en prisión deplorables; (3) criminalización de los manifestantes, persecución judicial y violaciones del debido proceso; (4) cierre de foros democráticos por medio de represión e intimidación para disuadir nuevas manifestaciones sociales; (5) encarcelación permanente, juicios sin garantías de debido proceso y sentencias rigurosas; (6) propuestas legislativas destinadas a restringir, vigilar y castigar el disenso y las críticas contra el Gobierno, así como criminalizar las acciones de organizaciones de sociedad civil independientes; (7) acoso a familiares de personas detenidas y condenadas por participar en las manifestaciones; e (8) interrupciones intencionales del acceso a internet" (párrafo 44 del informe anual de 2022 de la CIDH). La CIDH manifestó que, si bien las olas de represión comenzaron en la segunda mitad de 2021, continuaron a lo largo de 2022, y que la policía hirió a decenas de personas mediante un uso desproporcionado de la fuerza (párrafo 46 del informe anual de 2022 de la CIDH). El 11 de julio 2022, la CIDH y sus relatores especiales condenaron la persistente represión del Estado en 2022 en respuesta a las manifestaciones de 2021.
La respuesta legislativa a las manifestaciones de julio de 2021 también supuso mayor criminalización del discurso online, incluida una nueva regulación del código penal que impone penalizaciones más estrictas por presuntos delitos como difundir "información falsa" u ofender el "honor" de una persona en medios sociales, o en medios online u offline. Esta complementa las disposiciones actuales del código penal, que abarcan "disturbios públicos", "resistencia" y "desprecio", y que se usaron históricamente para sofocar el disenso y criminalizar manifestaciones. Conforme a la CIDH, "el nuevo texto impone sanciones más severas y emplea lenguaje general e impreciso para definir delitos, como sedición y crímenes contra el orden constitucional" (párrafo 97 del informe anual de 2022 de la CIDH). Pese a la exhibición de fuerza y acciones legales por parte del Gobierno después de julio de 2021, los expertos externos que conocen la región documentaron varios intentos de organizar manifestaciones localizadas contra el Estado, pero pusieron de manifiesto los riesgos significativos que supone participar en ellas.
Debido a que el Gobierno posee un control casi total sobre la infraestructura técnica de internet en Cuba, sumado a la censura, la obstrucción de las comunicaciones y el alto costo que supone acceder a internet, "solo una pequeña fracción de los cubanos pueden leer blogs y sitios web de noticias independientes" (párrafo 69 del informe anual de 2022 de la CIDH). El Consejo también destaca los intentos por parte de redes relacionadas con el Gobierno, que Meta describe en su informe de amenazas de redes adversas de Meta de febrero de 2023, de "crear la percepción de apoyo generalizado al Gobierno cubano en muchas plataformas de internet, incluidas Facebook, Instagram, Telegram, Twitter, YouTube y Picta, una red social cubana". Según Meta, la investigación de la empresa encontró vínculos entre el Gobierno de Cuba y las personas detrás de una red de 363 cuentas de Facebook, 270 páginas, 229 grupos y 72 cuentas de Instagram, que infringían la política de Meta contra comportamiento no auténtico coordinado.
Siete días después de la publicación del video en la cuenta de Instagram en julio de 2022, un clasificador de lenguaje hostil identificó el contenido como posiblemente infractor y lo envió a revisión manual. Al día siguiente, un moderador revisó el contenido y determinó que la publicación infringía la política de lenguaje que incita al odio de Meta. Meta no consideró que la mujer que aparecía en el video fuera una figura pública. En función del estado de verificación cruzada de la cuenta, el contenido en este caso se remitió a una revisión secundaria. El primer moderador del proceso de revisión secundaria evaluó el contenido y lo determinó como infractor el 12 de julio de 2022. El segundo moderador evaluó el contenido y lo determinó como infractor el 24 de febrero de 2023. Ese mismo día, Meta eliminó el contenido de Instagram, más de siete meses después de que los sistemas automatizados de la empresa lo marcaran inicialmente. La demora en la revisión se debió a un retraso en las colas de revisión de Meta del sistema de verificación cruzada.
El mismo día en que se eliminó el contenido el usuario que compartió el video apeló la decisión de Meta. Un moderador lo volvió a revisar y, el 26 de febrero de 2023, confirmó la decisión original de eliminarlo. En esta instancia, el contenido no se remitió a expertos en el tema o en políticas para realizar una revisión adicional. Según Meta, se aplicó una falta estándar a la cuenta del usuario. Sin embargo, no se le impusieron límites en las funciones de conformidad con los protocolos de restricción de cuentas de Meta. El usuario entonces apeló el caso ante el Consejo.
3. Autoridad y alcance del Consejo asesor de contenido
El Consejo tiene la facultad para revisar la decisión de Meta tras una apelación de la persona cuyo contenido se eliminó (artículo 2, sección 1, del acta constitutiva; artículo 3, sección 1, de los estatutos).
El Consejo puede mantener o revertir la decisión de Meta (artículo 3, sección 5, del acta constitutiva), y la decisión que tome será vinculante para la empresa (artículo 4 del acta constitutiva). Meta también debe evaluar la viabilidad de aplicar la decisión del Consejo con respecto a contenido idéntico cuyo contexto sea similar (artículo 4 del acta constitutiva). Las decisiones del Consejo pueden incluir recomendaciones no vinculantes a las que Meta debe responder (artículo 3, sección 4, y artículo 4 del acta constitutiva). Cuando Meta se compromete a tomar medidas respecto de las recomendaciones, el Consejo supervisa su implementación.
4.
El análisis del Consejo en este caso se basó en las siguientes normas y precedentes:
I. Decisiones del Consejo asesor de contenido
Entre las decisiones previas del Consejo asesor de contenido más relevantes, se encuentran las siguientes:
- Caso Violencia contra las mujeres (2023-002-IG-UA); 2023-005-IG-UA)
- Caso Eslogan de protesta contra Irán (2022-013-FB-UA)
- Caso Dibujo animado de Knin (2022-001-FB-UA).
- Caso Insultos de Sudáfrica (2021-011-FB-UA)
- Caso Manifestaciones en Colombia (2021-010-FB-UA)
- Caso Manifestaciones en Rusia a favor de Navalny (2021-004-FB-UA).
- Caso Representación de Zwarte Piet (2021-002-FB-UA)
- Programa de verificación cruzada de Meta (PAO-2021-02)
II. Políticas de contenido de Meta
Las Normas comunitarias de Instagram indican que se eliminará el contenido que incluye lenguaje que incita al odio. En la sección "Respeta al resto de los miembros de la comunidad de Instagram", las normas señalan que "resulta inaceptable fomentar la violencia o atacar a alguien por razones de raza, etnia, nacionalidad, sexo, género, identidad de género, orientación sexual, creencias religiosas, discapacidad o enfermedad". Las Normas comunitarias de Instagram luego vinculan la frase "lenguaje que incita al odio" con la norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio.
En las bases de la política de lenguaje que incita al odio, se define dicho lenguaje como un ataque directo contra personas sobre la base de características protegidas, incluidos sexo, género y origen nacional. Meta no permite el lenguaje que incita al odio en sus plataformas porque "crea un ambiente intimidatorio y excluyente que, en algunos casos, puede incitar a la violencia en la vida real". Las reglas prohíben el lenguaje "violento" o "deshumanizante" contra personas en función de estas características, incluidos los hombres.
El nivel 1 de la política de lenguaje que incita al odio prohíbe "lenguaje o imágenes deshumanizantes en forma de comparaciones, generalizaciones o afirmaciones no aptas basadas en comportamientos (de forma escrita o visual) en relación con lo siguiente [...]: [a]nimales en general o tipos específicos de animales que culturalmente se perciben como inferiores intelectual o físicamente". Asimismo, las pautas internas que Meta proporciona a los revisores de contenido sobre cómo aplicar la política definen lo que es una afirmación "apta" y "no apta" basada en comportamientos, y brindan ejemplos. En virtud de estas pautas, las "afirmaciones aptas" no infringen la política, mientras que las "afirmaciones no aptas" sí lo hacen y se eliminan. Meta expresa que las afirmaciones aptas basadas en comportamientos incluyen estadísticas, hacen referencia a personas o describen una experiencia directa. Asimismo, Meta indica que, en virtud de la política de lenguaje que incita al odio, la empresa permite a las personas publicar contenido que incluye afirmaciones aptas basadas en comportamientos sobre grupos con características protegidas si la afirmación trata sobre un acontecimiento histórico específico (por ejemplo, si hace referencia a estadísticas o patrones). Según Meta, una afirmación no apta basada en comportamientos "atribuye explícitamente un comportamiento a todas las personas definidas en función de una característica protegida o a la mayoría de ellas".
El análisis del Consejo se basó en el compromiso que Meta asumió con la "expresión", a la cual la empresa describe como "fundamental", y sus valores de "seguridad" y "dignidad".
III. Responsabilidades de Meta con los derechos humanos
Los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU (UNGP), respaldados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2011, establecen un marco voluntario que encuadra las responsabilidades de las empresas privadas en cuanto a estos derechos. En 2021, Meta anunció su Política corporativa de derechos humanos, en la que reafirmó su compromiso con el respeto de los derechos humanos de conformidad con los UNGP.
El análisis del Consejo sobre las responsabilidades de Meta en cuanto a los derechos humanos en este caso se basó en las siguientes normas internacionales:
- Derecho a la libertad de opinión y expresión: artículos 19 y 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR); observación general n.º 34 del Comité de Derechos Humanos de 2011; informes de la Relatora Especial de la ONU (UNSR) sobre la libertad de opinión y expresión: A/HRC/38/35 (2018), A/74/486 (2019), A/76/258 (2021); y Plan de Acción de Rabat, informe de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos: A/HRC/22/17/Anexo 4 (2013).
- Derecho a la libertad de reunión pacífica: artículo 21 del ICCPR; observación general n.º 37 del Comité de Derechos Humanos (2020).
- Derecho a la no discriminación: artículo 2, párrafo 1, y Artículo 26 del ICCPR.
5. Respuestas del usuario
En su apelación ante el Consejo, el creador del contenido solicitó a las empresas de medios sociales que conozcan mejor la "situación crítica" que atraviesa Cuba e hizo hincapié en que el video hace referencia a las manifestaciones de julio de 2021. El creador del contenido también explicó que la mujer que aparece en el video convoca a los hombres cubanos a "hacer algo para resolver" la crisis.
6. Respuestas de Meta
Meta eliminó la publicación en virtud del nivel 1 de su norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio porque atacaba a los hombres comparándolos con ratas o caballos que transportan desechos humanos. La empresa explicó que las ratas son el "clásico ejemplo" de "animales que culturalmente se perciben como inferiores intelectual o físicamente". Si bien la empresa no está al tanto de costumbres o tradiciones culturales asociadas con "yeguas cargadas con orinales o inodoros", la frase infringe la política de lenguaje que incita al odio, según Meta, porque compara a los hombres con la "imagen repulsiva de animales que supuestamente cargan orina y heces humanas".
Meta explicó que "las comparaciones con ratas y caballos que transportan desechos deshumanizan a los hombres en función del sexo". Meta también afirmó que "esto excluye a los hombres del debate y podría hacerlos sentir silenciados".
En su respuesta a las preguntas del Consejo, Meta expresó que la empresa consideró aplicar la excepción basada en el "espíritu de la política" al contenido. Meta realiza excepciones basadas en el "espíritu de la política" para permitir contenido cuando la aplicación estricta de la norma comunitaria relevante genera resultados incoherentes con los objetivos y las bases de la política. Sin embargo, Meta concluyó que dicha excepción no era apropiada porque el contenido infringe tanto el texto como el espíritu de la política.
Meta explicó, además, que, en virtud de la norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio, trata con igualdad a todos los grupos definidos por características protegidas. Según la empresa, se eliminarán los ataques basados en lenguaje que incita al odio que infrinjan las normas de un grupo marginalizado con características protegidas a otro grupo con características protegidas. Meta explicó que, como parte de su política de lenguaje que incita al odio, la empresa aborda todos los grupos con características protegidas del mismo modo, de manera que estos reciban un trato igualitario en todo el mundo y la política se pueda aplicar a gran escala. Meta se refiere a este enfoque como "válido para cualquier característica protegida". Meta afirmó que, cuando el contenido se escala a moderadores para que se realice otra revisión, no permite concesiones de lenguaje que incita al odio o basadas en el "espíritu de la política" en función de dinámicas de poder asimétricas (por ejemplo, cuando el blanco del lenguaje que incita al odio es un grupo más poderoso) "por el mismo motivo por el que contamos con una política válida para cualquier característica protegida". Meta indicó que "no puede ni debe clasificar qué grupos con características protegidas están más marginalizados que otros". En lugar de ello, Meta se centra en "si hay un ataque contra un grupo de personas en función de sus características protegidas". Meta reconoció que algunas partes interesadas indicaron que la política de lenguaje que incita al odio debería diferenciar el contenido que se percibe como "un ataque a grupos en condiciones de inferioridad", que se debería eliminar, frente a contenido que "ataca a grupos más poderosos", que se debería permitir porque puede implicar temas de justicia social. Sin embargo, Meta afirmó que "hay poco consenso entre las partes interesadas sobre lo que se considera contenido que 'ataca a grupos en condiciones de inferioridad' y contenido que 'ataca a grupos más poderosos'".
El Consejo también preguntó de qué manera la información contextual, las dinámicas de poder asimétricas entre grupos con características protegidas y la información sobre el entorno político en el que se realiza una publicación se tienen en cuenta en la decisión del clasificador de lenguaje hostil de enviar contenido a revisión manual. En respuesta, Meta dijo que "el contexto que toma en cuenta un clasificador es el de la publicación en sí" y que "no considera otra información contextual relacionada con acontecimientos mundiales". En este caso, un clasificador de lenguaje hostil identificó el contenido como una posible infracción de las políticas de Meta y lo envió a revisión manual.
El Consejo planteó 17 preguntas por escrito. Las preguntas abordaban asuntos relacionados con la manera en que Meta enfoca la moderación de contenido en Cuba; la influencia que las dinámicas de poder asimétricas tienen en la norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio, así como en su aplicación tras una revisión manual y automática; y las oportunidades para evaluar el contexto, específicamente de parte del sistema de verificación cruzada de Meta, que se conoce como revisión secundaria de respuesta temprana (ERSR). La ERSR realiza un tipo de verificación cruzada que proporciona niveles adicionales de revisión manual para ciertas publicaciones identificadas en un principio como infractoras de las políticas de Meta, mientras conserva el contenido online. Meta respondió las 17 preguntas.
7. Comentarios del público
El Consejo asesor de contenido recibió 19 comentarios del público relacionados con este caso. Nueve de ellos procedían de los Estados Unidos y Canadá; tres, de Latinoamérica y el Caribe; cinco, de Europa; uno, de Asia-Pacífico; y uno, Oriente Medio y África septentrional. Los comentarios abarcaban los siguientes temas: la situación relativa a los derechos humanos en Cuba; la importancia de contar con un enfoque respecto de la moderación de contenido que reconozca los matices lingüísticos, culturales y políticos en las convocatorias a manifestarse; las asimetrías de poder basadas en género en Cuba; la intersección del lenguaje que incita al odio y las convocatorias a manifestarse; y la dinámica de las manifestaciones online y offline en Cuba.
Si quieres leer los comentarios del público que se enviaron en relación con este caso, haz clic aquí.
8. Análisis del Consejo asesor de contenido
El Consejo examinó si este contenido debía restaurarse a la luz de las políticas de contenido, las responsabilidades con los derechos humanos y los valores de Meta. Asimismo, el Consejo evaluó las implicaciones de este caso para el enfoque más general de Meta en cuanto a la gobernanza de contenido.
El Consejo seleccionó esta apelación porque brinda la oportunidad de entender mejor cómo la política de lenguaje que incita al odio de Meta y su aplicación afectan a las convocatorias a manifestarse en contextos caracterizados por espacios civiles restringidos.
8.1 Cumplimiento de las políticas de contenido de Meta
I. Reglas de contenido
El Consejo determinó que el contenido en este caso no constituye lenguaje que incita al odio conforme a las Normas comunitarias de Meta, sino una afirmación apta basada en comportamientos y, como tal, está permitido en virtud de la política de lenguaje que incita al odio. Por lo tanto, la eliminación de este contenido va en contra de esta política. Es verdad que las afirmaciones en las que se compara a los hombres con "ratas" o "yeguas" que cargan orinales podrían interpretarse como una infracción de la política de lenguaje que incita al odio de Meta si se toman de forma literal y se sacan de contexto. No obstante, la publicación, en general, no constituye una generalización que busca deshumanizar a todos los hombres, o incluso a la mayoría de ellos, o fomentar la violencia en su contra. El Consejo determinó que las afirmaciones contra los hombres son aptas porque buscan de forma clara poner de relieve el comportamiento de los hombres cubanos en el contexto de las manifestaciones históricas que comenzaron en julio de 2021 en Cuba, a las que el Estado respondió con medidas represivas que se extendieron en 2022 en respuesta a posteriores convocatorias a protestas. El creador del contenido se refirió explícitamente a dichos acontecimientos en la publicación con el hashtag #SOSCuba. El contenido expresa una opinión sobre la actuación de un grupo identificable de personas, no es una afirmación sobre los defectos inherentes a un grupo.
Según los comentarios del público y los expertos a quienes el Consejo recurrió, los epítetos como "ratas" o "yeguas" se emplean en el español vernáculo que se habla en Cuba en discusiones acaloradas para insinuar cobardía. Por lo tanto, no deben interpretarse literalmente, ya que no indican que los hombres tengan características negativas que les sean inherentes por el mero hecho de ser hombres. En lugar de ello, expresan que los hombres cubanos no actuaron con la valentía suficiente para defender a quienes fueron reprimidos por el Gobierno en el contexto de las manifestaciones.
La publicación se compartió en el contexto de una ola de represión por parte del Estado que ocurrió en torno al primer aniversario de las manifestaciones nacionales históricas que tuvieron lugar en julio de 2021. Expertos externos marcaron #SOSCuba, que el creador del contenido usó, como un hashtag importante que se adoptó en las campañas en medios sociales para concientizar respecto de la crisis económica, política y humanitaria que enfrentan los cubanos. El uso del hashtag, junto con la advertencia que lanza la mujer en el video ("no podemos seguir permitiendo que maten a nuestros hijos") y su llamado a "salir a las calles", demuestra cómo los acontecimientos que comenzaron en julio de 2021 se consolidaron como un punto importante de referencia histórica para las posteriores iniciativas de los ciudadanos a movilizarse por motivos sociales y políticos que se trasladaron a 2022. Por lo tanto, la publicación refleja la opinión del usuario sobre el comportamiento de un grupo definido de personas, los hombres cubanos, en el contexto específico de un acontecimiento histórico.
En conclusión, el Consejo determina que, si se entiende de manera general, la publicación no intenta deshumanizar a los hombres, fomentar la violencia contra ellos ni excluirlos del debate sobre las manifestaciones en Cuba. Por el contrario, la mujer del video cuestiona cuál debería ser, en su opinión, el comportamiento de los hombres cubanos en el contexto preciso de las manifestaciones y pretende impulsarlos para que participen de dichos acontecimientos históricos. El contenido, en este caso, es entonces una afirmación apta basada en comportamientos sobre un tema de importante interés público relacionado con las manifestaciones históricas y la ola de represión posterior.
En respuesta a este caso, una minoría de miembros del Consejo cuestionaron la aplicación generalizada de la política de lenguaje que incita al odio, en particular en situaciones en las que dicha aplicación puede conducir a silenciar aún más a grupos marginalizados a lo largo de la historia. Para estos miembros del Consejo, una política de lenguaje que incita al odio proporcionada debe reconocer la existencia de asimetrías de poder si ello puede prevenir la supresión de voces poco representadas.
Por último, el Consejo concuerda con que la publicación recae directamente dentro del importante valor de "expresión" de Meta. Por lo tanto, su eliminación no es coherente con los valores de Meta. El Consejo adoptó un enfoque similar en relación con una de las publicaciones que se revisaron en el caso "Violencia contra las mujeres", momento en el que el Consejo estuvo de acuerdo con la conclusión definitiva de Meta de que el contenido debe analizarse en su totalidad y evaluarse como una afirmación apta basada en comportamientos.
II. Aplicación de políticas
Según Meta, luego de que un clasificador de lenguaje hostil identificó el contenido como una posible infracción de las políticas de Meta, se envió a revisión manual. Pasaron más de siete meses entre la primera revisión manual y el primer nivel de revisión secundaria el 12 de julio de 2022, instancias en las que se determinó que el contenido infringía las políticas de lenguaje que incita al odio de Meta, y el segundo nivel de revisión secundaria el 24 de febrero de 2023, cuando otro moderador consideró el contenido como infractor y eliminó la publicación. Como se describe en la sección 2, la demora en la revisión se debió a un retraso en el sistema de verificación cruzada de Meta. Como parte de la opinión de asesoramiento normativo del Consejo, Meta declaró que el sistema de verificación cruzada había estado funcionando con una acumulación de contenido que demora la toma de decisiones. En la información que Meta proporcionó al Consejo, el período más largo en que un determinado contenido permaneció en cola en la ERSR fue de 222 días; la demora de más de siete meses que se observa en este caso se asemeja a dicho período. Conforme a Meta, a partir del 13 de junio de 2023, se completó la revisión de contenido acumulado en la cola del programa de ERSR en respuesta a la recomendación n.º 18 de la opinión de asesoramiento normativo de verificación cruzada, que indicó que Meta no debería operar este programa con demoras.
El Consejo tiene en cuenta la demora de siete meses en este caso. En última instancia, la demora implica que el contenido permaneció en la plataforma en espera de la etapa final de la revisión secundaria mediante el sistema de verificación cruzada. Que el contenido haya permanecido en la plataforma es un resultado coherente con el análisis del Consejo de la aplicación de la norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio. Sin embargo, dicho resultado no concuerda con la percepción de Meta, que consideró el contenido como dañino.
El historial de aplicación de políticas en este caso también despierta inquietudes sobre cómo Meta tiene en cuenta la información contextual en las decisiones que toma respecto de contenido que sí se beneficia de otra revisión manual. El Consejo había reconocido anteriormente que evaluar el uso de lenguaje que incita al odio y el contexto relevante a gran escala es un desafío complejo (consulta el caso Dibujo animado de Knin). En particular, el Consejo hizo hincapié en que el discurso deshumanizante, por medio de actos discriminatorios implícitos o explícitos, en ciertas circunstancias condujo a atrocidades (consulta el caso Dibujo animado de Knin). El Consejo consideró que, en determinadas circunstancias, moderar el contenido con el fin de abordar los daños acumulativos que ocasiona el lenguaje que incita al odio a gran escala puede condecir con las responsabilidades de Meta con los derechos humanos, incluso cuando cierto contenido, si se analiza de forma aislada, no parece incitar directamente a la violencia o la discriminación (consulta el caso Representación de Zwarte Piet).
Para evitar sofocar de manera inapropiada el debate público sobre temas de mucha relevancia, como violencia contra las mujeres (consulta el caso Violencia contra las mujeres) o, como ocurre en este caso, el discurso político sobre acontecimientos históricos, Meta estableció excepciones como aquella en cuanto a afirmaciones aptas basadas en comportamientos. Por lo tanto, es necesario que Meta garantice que los revisores de contenido puedan distinguir con precisión entre afirmaciones aptas y no aptas basadas en comportamientos para reducir los porcentajes de falsos positivos (eliminación errónea de contenido que no infringe las políticas) en la aplicación de la política de lenguaje que incita al odio. Por el mismo motivo, es importante que Meta se asegure de que tanto sus sistemas automatizados, incluidos los clasificadores de contenido basados en aprendizaje automático que seleccionan lo que Meta considera "lenguaje hostil", como los revisores de contenido puedan tener en cuenta la información contextual en sus determinaciones y decisiones. Es de especial importancia reiterar esto cuando, como en este caso, los revisores de contenido de Meta no consideran el contexto y eliminan una publicación que se debe proteger particularmente. De hecho, los mecanismos y procesos operativos cuyo fin es detectar información contextual tienen particular importancia en países o regiones que se caracterizan por contar con espacios cívicos cerrados, en los que los riesgos asociados con el disenso y la crítica al Gobierno son mucho mayores y el acceso a internet es muy restringido. El Consejo también destaca que las revisiones en el nivel de escalamiento presuntamente ofrecen mejores resultados, incluso en casos difíciles, dado que hay disponibles mejores herramientas para evaluar el contexto. Sin embargo, incluso después de que el contenido en este caso se escalara a otra revisión, Meta no tomó la decisión correcta de dejar la publicación en Instagram.
Como parte de la opinión de asesoramiento normativo de verificación cruzada, Meta explicó que, en la ERSR en general, el equipo de mercados (compuesto por empleados y contratistas de tiempo completo de Meta) revisa el contenido primero. Este equipo cuenta con conocimientos lingüísticos y contextuales adicionales sobre un mercado geográfico específico. Según Meta, el mercado de Cuba "no es un mercado independiente, sino que se categoriza en colas de español latinoamericano general (Español Latin) de [Meta]". Esto significa que al contenido de Cuba lo analizan revisores que abordan contenido en español general, pero no se centran en ese país concretamente. Meta indicó que "otros países se dividen" en colas para someterse a revisiones específicas del país o la región (p. ej., colas de español de España, colas de VeCAM [Venezuela, Honduras, Nicaragua] de Venezuela y América Central)". El equipo de respuesta temprana (un equipo de escalamiento que consta únicamente de empleados de tiempo completo de Meta) puede revisar luego el contenido para confirmar si infringe o no las normas. Conforme indica Meta, este equipo cuenta con "mayor pericia normativa y la capacidad de tener en cuenta otros indicios contextuales", y también puede aplicar la concesión de "interés periodístico" y la excepción basada en el "espíritu de la política". Sin embargo, para evaluar el contenido, el equipo de respuesta temprana se basa en traducciones e información contextual que proporciona el equipo del mercado regional pertinente, pero no cuenta con conocimientos lingüísticos o regionales.
Dada la decisión de Meta en este caso, al Consejo le preocupa que la información contextual relevante, como la totalidad del contenido de la publicación, el hashtag #SOSCuba, los acontecimientos en torno al primer aniversario de las históricas manifestaciones de julio de 2021, la ola de represión denunciada por organizaciones internacionales en el momento en que se hizo la publicación y, entre otras cuestiones, la muerte de un joven cubano en un incidente que involucraba a la policía, tal vez no se haya tenido en cuenta lo suficiente al evaluar el contenido como parte del proceso de escalamiento de verificación cruzada.
En respuesta a ello, el Consejo reiteró la recomendación n.º 3 de la opinión de asesoramiento normativo de verificación cruzada, que solicitaba a Meta "mejorar el modo en que su flujo de trabajo dedicado a cumplir sus responsabilidades con los derechos humanos incorpora pericia contextual y lingüística en las fases adicionales de revisión, específicamente en los niveles de toma de decisiones. Meta acordó implementar completamente esta recomendación. En la actualización de Meta del primer trimestre de 2023, la empresa indicó que ya había emprendido ciertas iniciativas para incorporar pericia contextual y lingüística en la ERSR. El Consejo espera que dicha pericia sea útil para prevenir que se elimine en el futuro contenido como la publicación en cuestión.
8.2 Cumplimiento de las responsabilidades de Meta con los derechos humanos
El Consejo determinó que la decisión de Meta de eliminar el contenido en este caso no fue coherente con sus responsabilidades con los derechos humanos.
Libertad de expresión (artículo 19 del ICCPR)
El artículo 19 del ICCPR protege en gran medida la expresión, en materia de política, asuntos públicos y derechos humanos, más la expresión sobre inquietudes políticas o sociales (observación general n.º 34, párrafos 11 y 12). El artículo 21 del ICCPR protege la libertad de reunión pacífica y garantiza mayor protección a las reuniones con un mensaje político (observación general n.º 37, párrafos 32 y 49). Dadas las restricciones extremas que se imponen a la libertad de expresión y de reunión en Cuba, es fundamental que Meta respete estos derechos, en particular, en épocas de manifestaciones (decisión del caso Manifestaciones en Colombia; decisión del caso Eslogan de protesta contra Irán; observación general n.º 37, párrafo 31). La protección que brinda el artículo 21 se extiende a actividades relacionadas que se realizan online (Ibid., párrafos 6 y 34). Como puntualiza la Relatora Especial de la ONU (UNSR) sobre el derecho a la libertad de expresión, "internet se ha convertido en el nuevo campo de batalla en la lucha por los derechos de las mujeres, ya que amplía las oportunidades que estas tienen para expresarse" (A/76/258, párrafo 4).
La expresión en cuestión en este caso merece "mayor protección" porque implica el llamado de una mujer a manifestarse para defender los derechos de víctimas de represión, convocatoria que ocurrió en un momento político importante, casi un año después de las manifestaciones históricas de julio de 2021 en Cuba. Mientras seguían abundando el descontento público y las críticas contra el Gobierno cubano, las autoridades cubanas intensificaban sus estrictas medidas legales y físicas contra la expresión de disenso el año siguiente a las manifestaciones de julio de 2021. Según los expertos, si bien dichas posturas se pueden manifestar en protestas de menor envergadura en respuesta a los acontecimientos locales (como la muerte del adolescente cubano en este caso), las inquietudes persistentes de los ciudadanos respecto de la economía, la gobernanza y las libertades fundamentales, junto con la conectividad a internet (aunque restringida por altos costos y control estatal de infraestructura importante), dejan en claro que las manifestaciones "llegaron para quedarse".
Si un Estado impone restricciones sobre la libertad de expresión, estas deben cumplir los requisitos de legalidad, fin legítimo y necesidad y proporcionalidad (artículo 19, párrafo 3, del ICCPR). Se suele hacer referencia a estos requisitos como "prueba de tres partes". El Consejo usa este marco para interpretar los compromisos voluntarios de Meta con los derechos humanos, tanto respecto de la decisión sobre el contenido en particular en revisión como de lo que esto pone de manifiesto acerca del enfoque más amplio de la empresa en relación con la gestión del contenido. Como indicó la Relatora Especial de la ONU sobre libertad de expresión, "las empresas no tienen las obligaciones de los gobiernos, pero sus efectos son de un tipo que les obliga a evaluar el mismo tipo de cuestiones sobre la protección del derecho de sus usuarios a la libertad de expresión" (A/74/486, párrafo 41).
I. Legalidad (claridad y accesibilidad de las reglas)
El principio de legalidad requiere que cualquier regla que limite la expresión sea clara y de acceso público (observación general n.º 34, párrafo 25). El Comité de Derechos Humanos también indicó que las reglas "no pueden conferir a los encargados de su aplicación una discrecionalidad sin trabas para restringir la libertad de expresión" (ibidem). En el contexto del discurso online, la Relatora Especial de la ONU sobre la libertad de expresión indicó que las reglas deben ser específicas y claras (A/HRC/38/35, párrafo 46). Las personas que usan las plataformas de Meta deben ser capaces de acceder a las reglas y entenderlas, y los revisores de contenido deben tener pautas claras para su aplicación.
La política de lenguaje que incita al odio de Meta prohíbe contenido que ataca a grupos sobre la base de características protegidas. Meta define un ataque como "lenguaje violento o deshumanizante, estereotipos dañinos, declaraciones de inferioridad, expresiones de desprecio, repulsión o rechazo, insultos, o incitaciones de exclusión o segregación". El lenguaje deshumanizante incluye comparaciones, generalizaciones o afirmaciones no aptas basadas en comportamientos en relación con animales que culturalmente se perciben como inferiores. No obstante, la misma política permite afirmaciones aptas basadas en comportamientos. El error que cometió Meta en la aplicación de la política en este caso demuestra que el texto de la política y las pautas internas que se proporcionan a los revisores de contenido no son lo suficientemente claros para que los revisores determinen con precisión si se planteó una afirmación apta basada en comportamientos.
Según Meta, una afirmación no apta basada en comportamientos "atribuye explícitamente un comportamiento a todas las personas definidas en función de una característica protegida o a la mayoría de ellas". Asimismo, Meta explicó que la empresa permite afirmaciones aptas basadas en comportamientos sobre grupos con características protegidas si la afirmación trata sobre un acontecimiento histórico específico (por ejemplo, si hace referencia a estadísticas o patrones). En el caso Violencia contra las mujeres, Meta le informó al Consejo que "puede resultar difícil para los revisores de contenido a gran escala distinguir entre afirmaciones aptas y no aptas basadas en comportamientos sin tener en cuenta un análisis detallado del contexto". No obstante, las pautas que se proporcionan a los revisores, según su redacción actual, limitan en gran medida su capacidad de realizar un análisis contextual adecuado, incluso cuando existen indicios claros en el contenido mismo de que incluye una afirmación apta basada en comportamientos. De hecho, Meta afirmó que, dado lo complejo que es determinar la intención a gran escala, sus pautas internas les indican a los revisores que eliminen de manera predeterminada las afirmaciones basadas en comportamientos sobre grupos con características protegidas cuando el usuario no deja claro si la afirmación es apta o no.
En este caso, la publicación, tomada en su totalidad, refleja de forma clara el juicio crítico que hace la mujer del video al referirse al comportamiento de los hombres cubanos en el contexto específico de las manifestaciones históricas de Cuba en 2021 y la ola de represión que sobrevino en el año 2022. Todo el contenido, incluido el hashtag #SOSCuba, así como los acontecimientos de público conocimiento al momento de la publicación, dejan claro que la publicación era, de hecho, una afirmación que abordaba hechos conflictivos e históricos específicos por medio de la referencia de lo que la mujer del video entiende como un patrón.
Como se debatió en las decisiones de los casos Violencia contra las mujeres y Dibujo animado de Knin, los revisores de contenido deben contar con suficientes oportunidades y recursos para tomar en cuenta indicios contextuales a fin de aplicar las políticas de Meta con precisión. El Consejo determinó que el texto de la política en sí, así como las pautas internas proporcionadas a los revisores de contenido, no tienen la claridad suficiente para garantizar que no se eliminen por equivocación afirmaciones aptas basadas en comportamientos. Debido a las pautas confusas, e incluso contradictorias, de la empresa, a los revisores les resulta difícil llegar a una conclusión confiable, coherente y predecible. El Consejo reiteró la recomendación n.º 2 de la decisión del caso Violencia contra las mujeres, que instaba a Meta a "actualizar las pautas para sus moderadores a gran escala, con especial atención a las reglas en torno a la calificación".
II. Fin legítimo
Cualquier restricción sobre la libertad de expresión debe procurar alguno de los fines legítimos mencionados en el ICCPR, entre ellos, los "derechos de los demás". En varias decisiones, el Consejo determinó que la política de lenguaje que incita al odio de Meta, cuyo objetivo es proteger a las personas del daño que ocasiona el lenguaje que incita al odio, tiene un fin legítimo amparado por las leyes de derechos humanos internacionales (consulta, por ejemplo, la decisión del caso Dibujo animado de Knin).
III. Necesidad y proporcionalidad
El principio de necesidad y proporcionalidad dispone que las restricciones que se apliquen a la libertad de expresión "deben ser adecuadas para cumplir su función de protección, deben ser el instrumento menos invasivo entre aquellos que permitan cumplir dicha función y deben ser proporcionales al interés que se pretende proteger" (observación general n.º 34, párrafo 34). Si bien el Consejo determinó que el contenido en este caso no comprende lenguaje que incita al odio y debe permanecer en Instagram, el Consejo no ignora las dificultades que plantea moderar el lenguaje que incita al odio que incluye comparaciones con animales (consulta la decisión del caso Dibujo animado de Knin). La Relatora Especial de la ONU sobre la libertad de expresión manifestó que, en medios sociales, "la escala y complejidad de abordar expresiones de odio representan desafíos a largo plazo" (A/HRC/38/35, párrafo 28). En función de las pautas de la Relatora Especial, el Consejo explicó anteriormente que, si bien estas restricciones generalmente serían incoherentes con las obligaciones gubernamentales con los derechos humanos (en particular si se aplican por medio de sanciones penales o civiles), Meta puede moderar dicho lenguaje si demuestra la necesidad y proporcionalidad de la restricción del lenguaje (consulta la decisión del caso Insultos de Sudáfrica). En caso de incoherencias entre las reglas de la empresa y las normas internacionales, la Relatora Especial insta a las empresas de medios sociales a "dar una explicación lógica de la diferencia normativa con antelación, de un modo que refleje la variación" (A/74/486, párrafo 48).
Como se mencionó en la sección 8.1, la política de lenguaje que incita al odio de Meta contiene diversas excepciones, una de la cuales entra precisamente en escena en este caso: afirmaciones aptas basadas en comportamientos.
Meta entendió que no había excepción que pudiera aplicar y eliminó el contenido. Sin embargo, el Consejo determinó que Meta, en su interpretación demasiado literal del contenido, no tuvo en cuenta el contexto fundamental, descuidó una excepción pertinente dentro de su propia política y tomó una decisión que no era necesaria ni proporcionada para alcanzar el fin legítimo de la política de lenguaje que incita al odio.
En este caso, el Consejo consideró los factores del Plan de Acción de Rabat en su análisis (OHCHR, A/HRC/22/17/Anexo 4, 2013) sin perder de vista las diferencias entre las obligaciones legales internacionales de los Estados y las responsabilidades respecto de los derechos humanos de Meta como empresa de medios sociales. En su análisis, el Consejo hizo hincapié en el contexto social y político, el autor, el contenido en sí y la forma del discurso.
Como se indicó antes en esta decisión, la publicación se hizo en un contexto de alta tensión social caracterizado por una fuerte de ola de represión a raíz de las manifestaciones históricas en Cuba que comenzaron en 2021. Asimismo, el Consejo menciona la muerte de un joven cubano en un incidente que involucraba a la policía como catalizador de la convocatoria a manifestaciones contra el Gobierno, como la que se incluye en el contenido de este caso. En la publicación, una mujer afirma lo que, en su opinión, fue el comportamiento de los hombres cubanos durante las manifestaciones y llama a las mujeres a tomar las calles para defender la vida de "nuestros hijos". La publicación incluye referencias explícitas a las manifestaciones y el hashtag #SOSCuba. El análisis lingüístico de la publicación en su totalidad y en el contexto en el que se publicó no deja lugar a dudas sobre su significado y alcance. La publicación no atribuye un comportamiento a todos los hombres ni a la mayoría de ellos. Tampoco tiene como fin deshumanizar a todos los miembros de un grupo con características protegidas o a la mayoría de ellos ni busca contribuir a que esto pase. La publicación no fomenta la violencia contra los hombres ni los excluye del debate público. Por el contrario, en medio de una alta tensión social, recurre a un lenguaje sonante para motivar a los hombres cubanos a participar en manifestaciones diciéndoles que no cumplieron con sus responsabilidades. Sin embargo, pese al hecho de que el contenido no contribuye a generar ningún tipo de daño, su eliminación tuvo un impacto muy negativo en la mujer que aparece en el video, en el usuario que lo compartió y, en última instancia, en el debate político.
De hecho, la decisión de Meta de eliminar la publicación probablemente haya repercutido de manera desproporcionada en esta mujer que afrontó las diversas dificultades que existen en Cuba, incluido el acceso a internet y los riesgos que supone criticar al Gobierno. Asimismo, la eliminación probablemente supuso una carga innecesaria en el usuario, la plataforma de noticias, que debió superar obstáculos para difundir información sobre lo que ocurre en Cuba. La falta que aplicó Meta a la cuenta del usuario luego de eliminar la publicación podría haber agravado la situación y ocasionado la posible suspensión de la cuenta. Por último, el Consejo determinó también que la publicación es de interés público y contiene un llamado a manifestarse apasionado, pero que no apoya la violencia. Por lo tanto, la eliminación también afecta al debate público en un lugar donde ya está gravemente sofocado.
La Relatora Especial de la ONU sobre temas de libertad de expresión dijo en relación con el lenguaje que incita al odio que la "evaluación del contexto puede llevar a que se decida hacer una excepción en algunos casos, cuando el contenido debe protegerse, como es el caso del discurso político" (A/74/486, párrafo 47 [d]).
El Consejo afirmó en reiteradas ocasiones la importancia de esta declaración. En la decisión del caso Manifestaciones en Colombia, el Consejo analizó los desafíos que conlleva evaluar la relevancia política y el interés público del contenido que incluye un insulto homofóbico en un contexto de protesta. La decisión del caso Eslogan de protesta contra Irán reconoció que "la postura actual de Meta ocasiona la eliminación excesiva de expresiones políticas en Irán en un momento histórico y potencialmente aumenta los riesgos para los derechos humanos, en lugar de mitigarlos". Por último, más allá de los indicios contextuales del contenido en sí, en la decisión del caso Manifestaciones en Rusia a favor de Navalny, el Consejo reafirmó la importancia del contexto externo, manifestando que "el contexto es clave para evaluar la necesidad y proporcionalidad . . . Facebook debió tener en cuenta el estado de la libertad de expresión en Rusia en general y, específicamente, las campañas de desinformación del Gobierno contra sus opositores y sus simpatizantes, incluido en el contexto de las protestas de enero". Si bien dicho caso atañía a la política de bullying y acoso de Meta, las observaciones respecto del "entorno que propicia la libertad de expresión" y las manifestaciones se aplican también a este caso relacionado con lenguaje que incita al odio.
El Consejo pone de relieve las restricciones significativas a la libertad de expresión en Cuba, así como los riesgos legales y físicos que conlleva criticar al Gobierno (sección 2). Estos riesgos, junto con lo mucho que cuestan los datos y el acceso a internet en Cuba, suben la apuesta por moderar contenido de opiniones disidentes en el país. Un comentario del público (PC-13017) destacó la importancia de "proteger las limitadas vías de disenso y organización de protestas".
Por último, el Consejo tuvo en cuenta el informe de 2022 del CIDH, que manifiesta que la Comisión "tomó conocimiento de la persecución, la violencia política y las agresiones sexuales contra las mujeres por parte de agentes del Estado en el contexto de manifestaciones sociales; se informó que estos abusos son incluso más graves en el caso de mujeres activistas y defensoras de los derechos humanos" (CIDH, informe anual de 2022, párrafo 166). La cobertura que realizaron medios independientes sobre Cuba también puso de relieve el impacto de las respuestas del Gobierno a las manifestaciones de julio de 2021 en las mujeres; algunas organizaciones de sociedad civil argumentan que "la mayor manifestación de violencia de género en el contexto cubano procede del Gobierno y queda explícitamente demostrada con la actualización de la lista de mujeres privadas de su libertad por motivos políticos".
El Consejo insta a Meta a evaluar más detenidamente el contenido de contextos geográficos en los que la expresión y la reunión pacífica se reprimen preventivamente o se abordan con violencia o amenazas de violencia. Las plataformas de medios sociales en Cuba ofrecen un canal limitado, pero importante, para criticar al Gobierno y hacer activismo social frente a las autoridades que restringieron libertades civiles básicas y oportunidades de movilización cívica online.
Si bien Meta informó que tomó varias medidas para mitigar los riesgos para los usuarios durante las manifestaciones de julio de 2021 en Cuba, y lo volvió a hacer durante las manifestaciones masivas previstas para noviembre de 2021, no divulgó ninguna medida de mitigación de riesgos en el momento en que se publicó el contenido. A modo de preparación para ocasiones futuras en las que se prevé que haya convocatorias a manifestarse en lugares donde las autoridades públicas responderán a las protestas con violencia o amenazas de violencia, y para garantizar que dichas convocatorias se revisen y ejerzan de manera precisa y tomando en cuenta los matices contextuales, Meta debe considerar de qué manera el contexto político podría influir en su política y las opciones de aplicación.
Para abordar estas inquietudes sobre moderación de contenido que proviene de espacios cívicos cerrados, el Consejo reiteró las recomendaciones n.º 1 y n.º 8 de la opinión de asesoramiento normativo de verificación cruzada y manifestó su relevancia para el contexto cubano y el contenido que se analiza aquí. La recomendación n.º 1 instaba a Meta a establecer un programa de prevención de sobreaplicación de políticas basado en listas para proteger la expresión de conformidad con las responsabilidades con los derechos humanos de Meta. Las listas de prevención de sobreaplicación de políticas brindan a los usuarios incluidos en ellas otras oportunidades para que se revisen manualmente sus publicaciones que en un principio se consideraron infractoras de las políticas de Meta, con el fin de evitar la sobreaplicación de políticas o los falsos positivos. La recomendación n.º 8 estipulaba que Meta debería crear dichas listas con aportes locales. Meta acordó implementar ambas recomendaciones en parte, y dicha implementación se encuentra en curso en este momento.
9. Decisión del Consejo asesor de contenido
El Consejo asesor de contenido anuló la decisión de Meta de eliminar la publicación.
10. Recomendaciones
El Consejo asesor de contenido decidió no emitir nuevas recomendaciones en esta decisión dada la relevancia de recomendaciones anteriores emitidas en otros casos. El Consejo está al tanto del estado de verificación cruzada de la cuenta del creador del contenido en el momento en que este se revisó y eliminó. Sin embargo, el Consejo considera que, en este caso y dado el contexto en Cuba, siguen siendo sumamente importantes las recomendaciones n.º 1 y n.º 8 de la opinión de asesoramiento normativo de verificación cruzada, en la que el Consejo le brinda a Meta pautas para elaborar las listas de verificación cruzada. Para el Consejo, Meta debe seguir dichas pautas de cerca, de modo que otras cuentas que compartan discursos políticos valiosos, como la de este caso, se agreguen a la lista, a fin de que se beneficien de otros niveles de revisión de contenido. En el caso de las cuentas ya incluidas en la lista, el Consejo destaca la importancia de la recomendación n.º 3 de la opinión de asesoramiento normativo de verificación cruzada, que apunta a mejorar la precisión de la revisión adicional de contenido para cuentas que figuran en la lista. Desde la perspectiva de los derechos humanos, es especialmente importante en espacios cívicos cerrados ampliar la oportunidad de realizar evaluaciones adicionales de contenido y la posibilidad de integrar información contextual en las decisiones de moderación de contenido para un grupo más amplio de cuentas que merezcan estar en la lista, como ocurre en este caso en particular.
- La recomendación n.º 1 instaba a Meta a establecer un programa de prevención de sobreaplicación de políticas basado en listas para proteger la expresión de conformidad con las responsabilidades con los derechos humanos de Meta. Este sistema debe diferenciarse del sistema que protege la expresión que Meta considera una prioridad comercial. Asimismo, debe garantizar que Meta brinde niveles adicionales de revisión de contenido que publiquen, entre otros, defensores de derechos humanos.
- La recomendación n.º 8 establece que Meta debe emplear personal especializado, con el beneficio de aportes locales, para crear listas de prevención de sobreaplicación de políticas.
- La recomendación n.º 3 insta a Meta a mejorar el modo en que su flujo de trabajo dedicado a cumplir sus responsabilidades con los derechos humanos incorpora pericia contextual y lingüística en las fases adicionales de revisión, específicamente, en los niveles de toma de decisiones.
El Consejo asesor de contenido reitera otra vez las pautas que proporcionó a Meta en esta decisión y otras anteriores para garantizar que se tenga en cuenta el contexto apropiadamente en las decisiones de moderación de contenido y que las políticas sean lo suficientemente claras, tanto para los usuarios como para los revisores de contenido (caso Violencia contra las mujeres). Esto incluye actualizar las pautas internas para los revisores de contenido cuando corresponda para que la empresa aborde la falta de claridad, las brechas o las inconsistencias que pueden dar lugar a errores de aplicación de políticas, como ocurre en este caso.
- La recomendación n.º 2 extraída del caso "Violencia contra las mujeres", insta a Meta a actualizar las pautas para sus moderadores a gran escala con especial atención en las reglas sobre calificación, dado que, con las pautas actuales, es casi imposible para los moderadores tomar decisiones correctas.
* Nota de procedimiento:
La preparación de las decisiones del Consejo asesor de contenido está a cargo de paneles conformados por cinco miembros, quienes deben aprobarlas por mayoría. Las decisiones del Consejo no necesariamente representan las opiniones personales de todos los miembros.
En cuanto a la decisión del caso, se encargó una investigación independiente en nombre del Consejo. Al Consejo lo asistió un instituto de investigación independiente con sede en la Universidad de Gotemburgo, que se apoya en un equipo conformado por más de 50 científicos sociales de seis continentes, así como 3.200 expertos de diferentes países del mundo. Memetica, una organización que participa en investigaciones de código abierto sobre tendencias en los medios sociales, también proporcionó análisis. Lionbridge Technologies, LLC, con especialistas en más de 350 idiomas que trabajan en 5.000 ciudades diferentes, se encargó de las competencias en materia lingüística.
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