Nuevo caso de Perú para explorar las medidas de protección de los defensores de los derechos humanos

El día de hoy, el Consejo anuncia un nuevo caso para considerar. Como parte de esto, invitamos a personas y organizaciones a enviar comentarios públicos utilizando el botón de abajo.

Selección de casos

Como no podemos atender todas las apelaciones, el Consejo prioriza los casos que tienen el potencial de afectar a una gran cantidad de usuarios alrededor del mundo, los casos que son de suma importancia para el discurso público o los que plantean preguntas importantes respecto a las políticas de Meta.

El caso que anunciamos el día de hoy es el siguiente:

Contenido dirigido a un defensor de los derechos humanos en Perú

2025-012-FB-UA

Apelación de los usuarios para eliminar contenidos

Envíe un comentario público utilizando el botón de abajo

En julio de 2024, un usuario de Facebook de Perú publicó una fotografía digitalmente alterada del rostro del líder de una organización de derechos humanos de Perú. La imagen del defensor de los derechos humanos parece manipulada por IA y muestra su rostro cubierto de sangre goteando hacia abajo. Un texto en español insinúa irregularidades financieras por parte de organizaciones no gubernamentales (ONG) y las acusa de alentar protestas violentas. La publicación se compartió durante las manifestaciones en la capital de Perú, en las que los ciudadanos protestaban contra el Gobierno. Tuvo unas 1.000 visualizaciones y menos de 100 reacciones.

Tres días después de que se publicara el contenido, un usuario lo denunció por infringir las normas comunitarias de Meta. Un revisor manual determinó que el contenido no infringía las políticas de Meta y la publicación se mantuvo en la plataforma. El usuario apeló la decisión de Meta, pero esa apelación se cerró de forma automática sin más revisión manual.

El usuario que denunció la publicación apeló al Consejo y afirmó que la imagen era una “amenaza de muerte poco disimulada“ contra un defensor de los derechos humanos. Además, indicó que la publicación debía interpretarse en un contexto más amplio de “acoso y agresiones físicas” contra los defensores de los derechos humanos en Perú y que se compartió en respuesta a las manifestaciones que ocurrieron en julio de 2024. Explicó que el usuario que publicó el contenido es miembro de “La Resistencia”, un grupo conocido por incitar a la violencia contra defensores de los derechos humanos y periodistas en Perú, y que estas amenazas en línea han escalado a la violencia fuera del contexto virtual.

En el tiempo transcurrido entre que el usuario apeló al Consejo y la selección de este caso, también se denunció la publicación ante Meta a través de su programa Socios de Confianza. El programa Socios de Confianza de Meta es una red de organizaciones no gubernamentales, agencias humanitarias e investigadores de derechos humanos de 113 países. Con respecto a esta denuncia, los equipos internos de presentación del caso a un nivel superior de Meta revisaron la cuenta asociada a la publicación y determinaron que infringía las Condiciones del servicio de Meta por motivos no relacionados con el contenido. A continuación, Meta desactivó la cuenta, por lo que el contenido quedó inaccesible en Facebook. El contenido no se siguió evaluando en ese momento, ya que la cuenta del usuario se había desactivado.

Cuando el Consejo seleccionó este caso, los expertos en políticas de Meta volvieron a revisar la publicación y confirmaron la decisión original de que el contenido no infringía las normas comunitarias, que incluyen las de Violencia e incitación y las de Bullying y acoso. Sin embargo, Meta señaló que no se puso en contacto con un amplio equipo multifuncional ni con organismos externos para obtener información adicional que sirviera para fundamentar su decisión, como podría haber hecho para evaluar el contenido como una amenaza disimulada si este hubiera permanecido publicado en sus plataformas. Las amenazas “disimuladas o implícitas” requieren “información adicional o contexto para su aplicación”, según la norma comunitaria sobre Violencia e incitación

El Consejo seleccionó este caso para analizar el modo en que Meta aplica las políticas que pretenden proteger a los defensores de los derechos humanos, especialmente cuando las amenazas de violencia son disimuladas o implícitas, requieren un contexto adicional para interpretarlas o se producen en un entorno de intimidación y acoso. Este caso corresponde a la prioridad estratégica de Elecciones y espacio cívico del Consejo.

El Consejo agradecería comentarios públicos que aborden lo siguiente:

  • El contexto sociopolítico en Perú, en particular los riesgos para la seguridad y la libertad de expresión de los defensores de los derechos humanos, los periodistas y las organizaciones de la sociedad civil.
  • Leyes y proyectos de ley recientes en Perú y otros países de la región que limitan o socavan los espacios de expresión, reunión y participación política de las organizaciones de la sociedad civil.
  • El uso de las redes sociales para difundir mensajes que acusan a las ONG de cometer irregularidades y si este tipo de contenido se ha asociado con propuestas explícitas o implícitas (codificadas) de violencia fuera del contexto virtual.
  • Recomendaciones de políticas para la protección de los defensores de los derechos humanos que ya se han hecho a las plataformas de redes sociales y los resultados de las campañas para implementar esas recomendaciones.
  • El uso de imágenes, incluso alteradas digitalmente o manipuladas por IA, para acosar, intimidar y amenazar con violencia a activistas y periodistas.
  • Moderación de las amenazas disimuladas o implícitas de violencia que requieren un contexto adicional para su interpretación. Esto puede incluir el impacto sobre la libertad de expresión y otros derechos humanos que tienen los porcentajes de error al eliminar o no los contenidos que contienen amenazas disimuladas o implícitas.

Entre sus decisiones, el Consejo puede emitir recomendaciones de políticas a Meta. Aunque las recomendaciones no son vinculantes, Meta debe responderlas en un plazo de 60 días. Por ello, el Consejo agradece los comentarios públicos que propongan recomendaciones pertinentes para este caso.

Comentarios públicos

Si usted o su organización consideran que pueden aportar perspectivas valiosas que ayuden a tomar una decisión sobre el caso anunciado hoy, pueden enviar sus contribuciones utilizando el siguiente botón. Tenga en cuenta que los comentarios públicos pueden realizarse de manera anónima. El plazo para enviar comentarios públicos es de 14 días y finalizará el martes 28 de enero a las 23:59, hora estándar del Pacífico (PST).

Próximos pasos

En las próximas semanas, los Miembros del Consejo deliberarán sobre este caso. Una vez que hayan tomado una decisión, la publicaremos en la página de Decisiones.

Volver a Noticias